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    <titulo>Madrid número 1. Demanda 215 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

53 

Demanda 215 de 2011 
    Doña Rosario Barrio Pelegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 215 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Fraternidad-Muprespa”, contra don José Antonio Barba Parralejo, “Horfer Estructuras de Hormigón, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social y Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Seguridad Social, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Sentencia número 256 de 2012
    En Madrid, a 29 de junio de 2012..Visto por el ilustrísimo señor don Antonio Martínez Melero, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 1 de esta ciudad, el juicio promovido frente al Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, empresa “Horfer Estructuras de Hormigón, Sociedad Limitada”, y don José Antonio Barba Parralejo de la Plaza, por “Mutua Fraternidad-Muprespa”.
    Fallo
    Que estimando en parte las pretensiones de la demanda, previa absolución de don José Antonio Barba Parralejo, condeno a la empresa “Horfer Estructuras de Hormigón, Sociedad Limitada”, a que abone a “Fraternidad-Muprespa, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 275”, la cantidad de 6.995,88 euros, y condeno, asimismo, al Instituto Nacional de la Seguridad Social y a la Tesorería General de la Seguridad Social, como responsables subsidiarios de dicho pago, en el caso de insolvencia de la citada empresa y previa declaración jurisdiccional de dicha circunstancia.
    Notifíquese la presente resolución en legal forma a las partes y adviértase que contra la misma cabe interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá anunciarse ante este Juzgado, por comparecencia o por escrito, en el plazo de cinco días contados a partir de la notificación de la presente resolución, siendo indispensable que al tiempo de anunciarlo, el recurrente, si es parte en quien no concurra la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiario de la Seguridad Social y que no goce del beneficio de justicia gratuita, presente dentro del plazo de diez días para la formalización del recurso, resguardo del ingreso en “Recursos de suplicación” de la cantidad de 300 euros, con indicación de la entidad bancaria (0030), oficina (1143), dígito de control (50), número de cuenta (0000000000), beneficiario (Juzgado de lo social número 1 de Madrid), concepto (2499/0000/34) y número del presente procedimiento judicial, en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José Antonio Barba Parralejo, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 3 de julio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/27.456/12)</texto>
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