<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120825-45</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 41</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/08/25</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 41. Juicio de faltas 739 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>3</pagina_inicial>
    <pagina_final>3</pagina_final>
    <diario_numero>203</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-08-25-203210820120049</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/25/BOCM-20120825-45.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/25/BOCM-20120825-45.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/25/BOCM-20120825-45.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 41</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 41
    EDICTO
 

45 

Juicio de faltas 739 de 2012 
    Don Prudencio Sáez Arecha, secretario del Juzgado de instrucción número 41 de Madrid.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 739 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    Que debo condenar y condeno a doña Mioara Alexandrescu, como autora responsable de una falta de hurto tipificada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 3 euros por día de sanción. Asimismo, se le condena al pago de las costas procesales y a que indemnice a doña Ángela Gallardo Bernal en cuanto a la responsabilidad civil derivada de la falta en la cantidad de 250 euros, en que han sido valorados los efectos sustraídos.
    Si no se satisface la multa voluntariamente por vía de apremio, el condenado quedará sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas que podrá cumplirse en régimen de localización permanente tal y como dispone el artículo 53 del Código Penal.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Mioara Alexandrescu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Madrid, a 26 de julio de 2012..El secretario (firmado).
    (03/27.568/12)</texto>
</documento>