<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120825-101</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/08/25</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 23 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>203</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-08-25-203210820120105</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/25/BOCM-20120825-101.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/25/BOCM-20120825-101.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/25/BOCM-20120825-101.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

101 

Ejecución 23 de 2011 
    Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 23 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel García del Sastre y don Andrés García del Sastre, contra la empresa “Ideales y Sueños, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Se acuerda:
    a)  El embargo del bien inmueble que se describe:
    Finca número 23.389, asiento en el tomo 1.000, libro 1.000, folio 63, como propiedad al 100 por 100 del pleno dominio de “Ideales y Sueños, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 3.725 euros de principal, más 223,5 euros para intereses y 372 euros para costas, en ambos casos provisionales, para este procedimiento, seguido a instancias de don José Manuel García del Sastre y don Andrés García del Sastre, contra “Ideales y Sueños, Sociedad Limitada”.
    b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
    c)  Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan  forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ideales y Sueños, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 18 de julio de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/27.459/12)</texto>
</documento>