<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120825-100</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/08/25</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 19. Ejecución 257 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>4</pagina_inicial>
    <pagina_final>4</pagina_final>
    <diario_numero>203</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-08-25-203210820120104</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/25/BOCM-20120825-100.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/25/BOCM-20120825-100.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/25/BOCM-20120825-100.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

100 

Ejecución 257 de 2011 
    Don Gustavo Adolfo Carasa Antón, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 257 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Wilson Ramos Copa, contra la empresa “Paulitez 1994, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Se acuerda:
    a)  El embargo del bien inmueble que se describe:
    Finca número 26.887, inscrita en los folios 32, 204 y 107 de los libros 392, 482 y 567, respectivamente, del Ayuntamiento de Sant Josep de Sa Talaia, la cual se describe en su inscripción novena, propiedad de la empresa “Paulitez 1994, Sociedad Limitada”, para responder de la cantidad de 3.875,04 euros de principal, más 232,5 euros para intereses y 387,5 euros para costas, en ambos casos provisionales, para este procedimiento, seguido a instancias de don Wilson Ramos Copa, contra “Paulitez 1994, Sociedad Limitada”.
    b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad del bien y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado, y remitir, asimismo, mandamiento por fax al Registro de la Propiedad a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.
    c)  Requerir a la ejecutada para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumpla los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan  forma de decreto, auto o sentencia o se trate de emplazamiento que serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Paulitez 1994, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado y, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 20 de julio de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/27.520/12)</texto>
</documento>