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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 442 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

83 

Demanda 442 de 2012 
    Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 442 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Oswaldo Alvarado Sipión, contra la empresa “Duyg Pasión Ibérica, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre despido, se ha dictado sentencia número 309, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Sentencia número 309
    En Madrid, a 17 de julio de 2012..Doña Isabel Sánchez Peña, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 14 de Madrid, ha visto y oído los presentes autos de procedimiento laboral número 442 de 2012, seguidos entre las partes: de una, y como demandante, don Oswaldo Alvarado Sipión, asistido por la letrada señora Manzano Recio, y de la otra, como demandados, “Duyg Pasión Ibérica, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparecen, sobre despido.
    Fallo
    Que estimando la demanda interpuesta por don Oswaldo Alvarado Sipión, frente a “Duyg Pasión Ibérica, Sociedad Limitada”, debo declarar y declaro improcedente el despido del actor y condeno a la empresa demandada a la inmediata readmisión del actor o, a elección de aquella, a que le indemnice con la suma de 1.940 euros y en caso de readmisión al abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la notificación de la presente resolución, a razón de 34,48 euros/día, absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de la presente demanda, sin perjuicio del artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Duyg Pasión Ibérica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 18 de julio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/26.982/12)</texto>
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