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    <titulo>– Valdemorillo. Régimen económico. Ordenanza fiscal recogida podas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdemorillo</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE VALDEMORILLO
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Ordenanza fiscal recogida podas 
    En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, así como en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, se hace público que el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 16 de julio de 2012, ha adoptado, entre otros, acuerdos de:
    .	Aprobación provisional de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por gestión de residuos procedentes de la actividad de recogida domiciliaria de podas, hierbas, césped y asimilados.
    .	Aprobación provisional de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos y servicios administrativos.
    De conformidad con lo previsto en la normativa arriba indicada, los citados acuerdos provisionales y sus respectivos expedientes se someten a información pública, estando expuestos al público durante un plazo de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente al de inserción del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los interesados puedan examinar los expedientes y presentar, en su caso, las alegaciones, reclamaciones y/o sugerencias que estimen oportunas, durante dicho plazo, en el Ayuntamiento de Valdemorillo, en días y horas hábiles de oficina.
    En el caso de no presentarse reclamaciones en ese plazo, se entenderán definitivamente aprobados los acuerdos provisionales de referencia y las ordenanzas fiscales arriba indicadas, de conformidad con el artículo 17.3 del texto refundido anteriormente citado y con el párrafo segundo del artículo 49 de la Ley 7/1985, asimismo, anteriormente citada.
    Valdemorillo, a 23 de julio de 2012..La alcaldesa, Pilar López Partida.
    (03/28.040/12)</texto>
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