<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120818-27</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>HUMANES DE MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/08/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Humanes de Madrid. Régimen económico. Aprobación provisional modificación ordenanza fiscal tasa recogida basuras</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>2</pagina_inicial>
    <pagina_final>2</pagina_final>
    <diario_numero>197</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-08-18-197100820120177</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/18/BOCM-20120818-27.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/18/BOCM-20120818-27.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/18/BOCM-20120818-27.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>HUMANES DE MADRID</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

27 

Aprobación provisional modificación ordenanza fiscal tasa recogida basuras 
    El Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el 27 de julio de 2012, ha adoptado el acuerdo de aprobación provisional de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por recogida de basuras.
    El expediente de referencia se somete a exposición pública por plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento y en un diario de difusión provincial, al objeto de que cualquier persona interesada pueda examinarlo y presentar las alegaciones que estime pertinentes ante el Pleno del Ayuntamiento, entendiéndose definitivamente adoptado el acuerdo referido, en el caso de no producirse reclamaciones durante el referido plazo de exposición pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Ley 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, publicándose el acuerdo definitivo y el texto íntegro de la ordenanza aprobada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Humanes de Madrid, a 27 de julio de 2012..El alcalde, José Antonio Sánchez Rodríguez.
    (03/27.672/12)</texto>
</documento>