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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras. Orden demolición</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE MADRID
    URBANISMO
    Área de Gobierno de Urbanismo, Vivienda e Infraestructuras
 

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Orden demolición 
    Habiéndose intentado la notificación en el domicilio del destinatario de la actuación que a continuación se relaciona, se procede a su publicación de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    El director general de Control de la Edificación ha decretado con fecha de 20 de junio de 2012, de conformidad con el artículo 195 de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid, la demolición de las obras de reestructuración y ampliación no ajustadas a licencia. No se han llevado a cabo las obras de cerramiento y cubrición de terraza con canalón de agua por I. M. C., DNI 2610930-Q, en la calle de López de Aranda, número 42, del expediente de restablecimiento de la legalidad número 711/2011/21636, advirtiéndole que en el caso de no acatar en un mes la orden se procederá a actuar por ejecución subsidiaria conforme al artículo 98 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    Significándole que esta resolución pone fin a la vía administrativa y que contra la misma, de acuerdo a lo establecido en el artículo 116 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, o bien, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la coordinadora general del Área de Urbanismo.
    Lo que se hace público para conocimiento del interesado por haber resultado infructuosas las gestiones realizadas para su notificación. Todo ello de conformidad con los artículos 59 y 60 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, significando, no obstante, que el contenido de la notificación de ejecución subsidiaria podrá ser consultado por el interesado en el plazo de un mes desde la publicación de la misma, personándose en el Servicio de Disciplina Urbanística del Área de Urbanismo y Vivienda, sito en la calle Guatemala, número 13.
    De no comparecer en el plazo señalado, la notificación surtirá todos los efectos desde el día siguiente al vencimiento del mismo.
    Madrid, a 23 de julio de 2012..El jefe del Servicio de Disciplina Urbanística, Jorge Ortueta Antunes.
    (01/2.526/12)</texto>
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