<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120809-169</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/08/09</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 14. Demanda 740 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>189</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-08-09-189010820120205</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/09/BOCM-20120809-169.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/09/BOCM-20120809-169.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/09/BOCM-20120809-169.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

169 

Demanda 740 de 2012 
    Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 740 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de “Ibermutuamur, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 274”, contra don Domingo Camuñas Gómez, “Actuaciones Francas, Sociedad Limitada”, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social y Fondo de Garantía Salarial, sobre Seguridad Social, se han dictado decreto y auto, cuyas partes dispositivas son del tenor literal siguiente:
    Parte dispositiva:
    Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.
    Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 13 de noviembre de 2013, a las nueve y cincuenta horas, en la Sala de audiencia de este Juzgado, sita en la calle Princesa, número 3, de esta ciudad, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
    Respecto a la documental solicitada paso a dar cuenta a su señoría que decidirá lo procedente en resolución motivada aparte.
    Reclámese a la entidad gestora o servicio común la remisión en diez días del expediente original o copia del mismo o de las actuaciones y, en su caso, informe de los antecedentes que posea en relación con el contenido de la demanda.
    Notifíquese esta resolución a las partes, todo ello de conformidad con los artículos 55 y siguientes de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social con los apercibimientos legales.
    Parte dispositiva:
    Admitir la práctica de las pruebas solicitadas, y a tal fin se acuerda: Ofíciese a la tesorería General de la Seguridad Social a fin de que emita certificación acreditativa de la deuda y períodos de descubierto que mantiene con ese organismo la empresa “Actuaciones Francas, Sociedad Limitada”.
    Ofíciese a la Tesorería General de la Seguridad Social a fin de que emita certificado de los descuentos efectuados por “Actuaciones Francas, Sociedad Limitada”, correspondientes a los meses de febrero a marzo, ambos inclusive, realizados por la prestación de incapacidad temporal por contingencias profesionales correspondientes al trabajador don Domingo Camuñas Gómez.
    Cítese al representante legal de “Actuaciones Francas, Sociedad Limitada”, y a don Domingo Camuñas Gómez a fin de que comparezcan al acto del juicio para prestar confesión.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Actuaciones Francas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 18 de julio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/26.782/12)</texto>
</documento>