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    <fecha_publicacion>2012/08/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>– San Lorenzo de El Escorial. Régimen económico. Ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>SAN LORENZO DE EL ESCORIAL</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Ordenanza fiscal 
    Por el presente se hace público que no habiéndose presentado reclamaciones, dentro del período de información pública al expediente de la ordenanza fiscal denominada tasa por utilización del punto limpio municipal, aprobado en el Pleno Municipal del día 29 de mayo de 2012, ha quedado definitivamente aprobado.
    Por tanto, el texto definitivo de esta nueva ordenanza es el que se publicó con el anuncio de información pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de fecha 18 de junio de 2012, número 144.
    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 19 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra el anterior acuerdo solo cabe interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses a partir de la publicación de este anuncio.
    San Lorenzo de El Escorial, a 24 de julio de 2012..José Luis Fernández-Quejo del Pozo.
    (03/26.718/12)</texto>
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