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    <titulo>– Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad. Notificación procedimientos sancionadores</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE MADRID
    RÉGIMEN ECONÓMICO
    Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad
 

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Notificación procedimientos sancionadores 
    EDICTO NÚMERO 39/2012. DEPARTAMENTO DE RECURSOS Y ACTUACIONES ADMINISTRATIVAS
    Resolución de 2 de julio de 2012, de la secretaria general técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad, por la que se dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del siguiente anuncio:
    Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual de las siguientes resoluciones dictadas en procedimientos sancionadores a los interesados que se expresan a continuación sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido de los actos que a continuación se especifican.
    Número de orden. . Interesado. . Expediente. . Resolución. . Sanción. . Norma 	infringida
    1. . R. M. G., 8029301-R. . 183/2012/00802. . 7 de junio de 2012. . 500 euros. . Artículo 22 de la Ordenanza Reguladora de Señalización y Balizamiento de las Ocupaciones de las Vías Públicas por la Realización de Obras y Trabajos, de 27 de mayo de 1992 (Boletín del Ayuntamiento de Madrid número 4.992, de 1 de octubre de 1992).
    2. . J. L. P., 75154467-N. . 183/2009/04423. . 27 de abril de 2012. . Denegación de suspensión cautelar, 1.200 euros. . Artículo 25.1 de la Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad Ciudadana.
    3. . B. P. E., X-3158702-C. . 183/2011/04676. . 17 de mayo de 2012. . 3.006 euros. . Artículo 25, apartado 1, de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
    4. . Coyafive, Sociedad Limitada, B-81135584. . 183/2011/04182. . 28 de mayo de 2012. . 6.000 euros. . Artículo 25, apartado 1, de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.
    De conformidad con el citado artículo 61, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de las citadas resoluciones pudieran derivarse para los derechos e intereses legítimos de los interesados, se significa que el texto íntegro de los actos que se notifican se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, en las dependencias del Departamento de Recursos y Actuaciones Administrativas del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Seguridad y Movilidad (paseo de Recoletos, número 5, 28004 Madrid), teléfono 915 889 137, en horario de nueve a catorce, de lunes a viernes. Tanto en el caso de solicitar vista del expediente como fotocopias del mismo, deberán solicitarlo telefónicamente o por escrito en el registro, indicando un número de contacto para que posteriormente se dé la correspondiente cita previa.
    Contra las expresadas resoluciones, que ponen fin a la vía administrativa, se podrán interponer los recursos que se indican a continuación:
    I.  Recurso potestativo de reposición, ante el órgano competente para resolver, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación del presente edicto (artículos 107, 116 y 117 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
    II.  Recurso contencioso-administrativo, ante los Juzgados de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente edicto (artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
    III.  Todo ello sin perjuicio de que los interesados interpongan cualquier otro recurso que estimen pertinentes (artículo 58.2 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común).
    El importe de dicha sanción podrán hacerlo efectivo mediante abonaré que podrán retirar en las dependencias arriba indicadas.
    En Madrid, a 2 de julio de 2012..La secretaria general técnica del Área de Gobierno de Medio Ambiente, Adoración Muñoz Merchante.
    (02/5.913/12)</texto>
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