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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2012/08/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 27. Ejecución 108 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>188</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 27
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

200 

Ejecución 108 de 2012 
    Doña Elisa Cordero Díez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 27 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 108 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rubén Fernández Alfonso y doña Irene Diéguez Blanco, contra la empresa “Suricata, Sociedad Anónima”, entre ordinario, se ha dictado auto despachando ejecución, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia número 10 de 2012 a favor de la parte ejecutante don Rubén Fernández Alfonso y doña Irene Diéguez Blanco, frente a “Suricata, Sociedad Anónima”, por importe de 31.523,50 euros de principal, más 2.000 euros presupuestados para intereses y 3.000 euros en concepto de costas provisionales, bajo apercibimiento de que de no cumplir en su integridad la obligación en el plazo de tres meses se podrá incrementar el interés legal del artículo 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil en dos puntos más.
    El principal se divide entre cada uno de los dos coejecutantes de la siguiente manera:
    A don Rubén Fernández Alfonso: 13.736,15 euros (12.487,41 euros de salarios y vacaciones, más 1.248,74 euros del interés del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores).
    A doña Irene Diéguez Blanco: 17.787,35 euros (16.170,32 euros de salarios y vacaciones, más 1.617,03 euros del interés del artículo 29.3 del Estatuto de los Trabajadores).
    Y encontrándose decretada la insolvencia de la empresa ejecutada en la ejecución seguida en este Juzgado de lo social número 27 de Madrid con el número 279 de 2011, conforme a lo previsto en el artículo 274.1 de la Ley de Procedimiento Laboral procédase a dar audiencia a las partes y al Fondo de Garantía Salarial para que en término de tres días insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
    Contra este auto cabe recurso de reposición en el término de tres días a interponer por la parte ejecutada, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda además oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Suricata, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 19 de junio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/25.419/12)</texto>
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