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    <fecha_publicacion>2012/08/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Getafe número 7. Juicio de faltas 21 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>188</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE GETAFE NÚMERO 7
    EDICTO
 

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Juicio de faltas 21 de 2012 
    Doña María del Carmen Vilumbrales González, secretaria del Juzgado de instrucción número 7 de Getafe.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 21 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    En Getafe, a 20 de junio de 2012..Doña María Ángeles Velázquez Martín, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 7 de Getafe, habiendo visto los presentes autos de juicio de faltas inmediato número 21 de 2012, seguidos por una presunta falta de lesiones, con intervención del ministerio fiscal, siendo denunciante don Ángel Salido Agudo y denunciados doña Kawtar Benkarruague y don Jorge Andrés Cevallos Velastegui, recayendo la presente resolución en base al siguiente
    Fallo
    Condeno a doña Kawtar Benkarruague, como autora de una falta de lesiones, a la pena de veinte días de multa, a razón de 5 euros diarios, con apercibimiento de que en caso de impago quedará sujeta a una responsabilidad penal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y a que indemnice a don Ángel Salido Agudo, en concepto de responsabilidad civil por las lesiones causadas, en la cantidad de 767,60 euros.
    Absuelvo a don Jorge Andrés Cevallos Velastegui de los hechos que se le imputaban.
    Notifíquese a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que contra esta resolución podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación, presentando escrito en este Juzgado en el que, además de realizar las alegaciones que estimen pertinentes, deberán designar un domicilio en la ciudad de Madrid, a efectos de notificaciones, escrito que se remitirá junto con las actuaciones a la Audiencia Provincial de Madrid para su resolución.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Jorge Andrés Cevallos Velastegui, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Getafe, a 9 de julio de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/25.531/12)</texto>
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