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    <titulo>– San Martín de la Vega. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación ordenanza fiscal 
    Habiéndose aprobado provisionalmente, en sesión plenaria de fecha 13 de junio de 2012, el acuerdo de modificación de la ordenanza fiscal número 1, reguladora de la tasa por recogida de basuras, y sin que durante el plazo de exposición pública del acuerdo de la modificación se haya presentado reclamación alguna contra la misma, de conformidad con el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se entiende definitivamente adoptado el acuerdo hasta entonces provisional.
    El texto íntegro de la modificación efectuada es el siguiente:
    Ordenanza fiscal número 1, reguladora de la tasa por recogida de basuras.
    Se modifica el epígrafe 7 del artículo 5.2, “Tarifa”, que queda redactado:
    «Epígrafe 7.  Establecimientos comerciales, de restauración y hostelería y espectáculos, no industriales, situados en el polígono industrial “Aimayr”:
    a)	A los establecimientos comerciales no industriales reseñados en el título de este epígrafe se les aplicará la misma tarifa del epígrafe equivalente a los mismos locales situados en el casco urbano».
    Contra este acuerdo definitivo, que agota la vía administrativa, podrá interponer los interesados recurso contencioso-administrativo, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de publicación del mismo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime conveniente.
    En San  Martín de la Vega, a 20 de julio de 2012..La alcaldesa-presidenta, María del Carmen Guijorro Belinchón.
    (03/26.331/12)</texto>
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