<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120807-68</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>RIBATEJADA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/08/07</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Ribatejada. Régimen económico. Tasa alcantarillado 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>187</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-08-07-187270720120269</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/07/BOCM-20120807-68.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/07/BOCM-20120807-68.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/08/07/BOCM-20120807-68.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>RIBATEJADA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE RIBATEJADA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

68 

Tasa alcantarillado 2012 
    En la Secretaría de este Ayuntamiento se encuentran expuestos al público los padrones de los siguientes tributos correspondientes al ejercicio 2012:
    .	Tasa de alcantarillado.
    .	Tasa de basura.
    Los interesados podrán interponer reclamaciones durante el plazo de quince días a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio.
    El cobro en período voluntario se efectuará en las Oficinas de Recaudación Municipal o en las entidades bancarias colaboradoras durante los días comprendidos entre el 23 de julio al 24 de septiembre de 2012, ambos inclusive.
    La cobranza se realizará en las dependencias municipales el día 1 de agosto y 20 de septiembre de 2012, en horas de diez a trece, pudiendo realizar igualmente el pago en las Oficinas de Recaudación Municipal, sitas en la calle Téllez, número 18, en horas de nueve a trece, excepto los días de cobro en el propio Ayuntamiento.
    Igualmente, podrá realizarse el pago mediante la notificación que reciba en su domicilio, realizando el ingreso en cualquiera de los bancos que se le indiquen.
    Transcurrido dicho plazo se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio de conformidad con las disposiciones establecidas en el vigente Reglamento General de Recaudación, procediéndose al cobro de las cuotas que no hayan sido satisfechas con el recargo, interés de demora y, en su caso, las costas que procedan.
    Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de la legislación vigente.
    En Ribatejada, a 9 de julio de 2012..El alcalde, Eugenio Domínguez Fanjul.
    (02/6.100/12)</texto>
</documento>