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    <fecha_publicacion>2012/08/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 244 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

134 

Ejecución 244 de 2009 
    Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento número 1.257 de 2009 y acumulado número 106 de 2009, ejecución número 244 de 2009-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Antonio Escribano Sampedro, contra la empresa “Tranurr, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
    Decreto
    En Madrid, a 2 de julio de 2012..En atención a lo expuesto, se acuerda:
    a)  Declarar a la ejecutada “Tranurr, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia parcial por importe de 435,64 euros en concepto de costas. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
    b)  Hágase saber a la parte actora que fueron expedidos a su favor sendos mandamientos de pago por importe de 50 euros en concepto de intereses y por importe de 40,84 euros en concepto de parte de costas, sin que hasta el día de la fecha haya comparecido en la Secretaría de este Juzgado al objeto de retirar los mismos, por lo que se requiere nuevamente al demandante a fin de que en el plazo de diez días comparezca a tales fines, bajo apercibimiento de que transcurrido dicho plazo sin verificarlo se procederá a transferir dichas cantidades a la cuenta especial de “Fondos provisionalmente abandonados”.
    De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, la declaración firme de insolvencia de la ejecutada se hará constar en el registro correspondiente según la naturaleza de la entidad.
    Modo de impugnación: notifíquese la presente resolución a las partes y al Fondo de Garantía Salarial, advirtiéndose que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles a contar desde su notificación.
    Se hace saber que para la interposición de recurso de reposición contra la presente resolución será precisa la consignación en la “Cuenta de consignaciones y depósitos” de este Juzgado número 2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos), de la entidad “Banesto”, la cantidad de 25 euros, y ello de conformidad con la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial.
    Se hace constar que con la presentación del escrito de interposición del recurso deberá acompañarse resguardo bancario acreditativo de la consignación, y en su defecto, no se admitirá a trámite.
    Solo estarán exentos del pago de depósito necesario para la interposición de recursos aquellas personas a las que se les hubiera reconocido el derecho de asistencia jurídica gratuita (artículo 6, párrafo 5, de la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita).
    Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en el tablón de anuncios de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tranurr, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 2 de julio de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/24.800/12)</texto>
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