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    <titulo>Madrid número 12. Ejecución 37 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>182</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

130 

Ejecución 37 de 2012 
    Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 37 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Marcelo López Guix, contra la empresa “Sistema de Oficina Madrid 7, Sociedad Anónima Unipersonal”, sobre ordinario, se ha dictado el día 26 de junio de 2012 resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Parte dispositiva:
    Acuerdo: Aprobar la liquidación de intereses y tasación de costas practicadas por importe de 314,45 euros, a cuyo pago resulta condenada “Sistemas de Oficina Madrid 7, Sociedad Anónima Unipersonal”, en las presentes actuaciones.
    Transfiérase la cantidad de 14,45 euros, en concepto de intereses, al demandante don Marcelo López Guix.
    Hágase pago a la letrada doña Nuria Benito Gutiérrez de la cantidad de 300 euros, por su honorarios, expidiéndose para ello el correspondiente mandamiento de devolución y advirtiendo a la letrada que dispone del plazo de tres meses para retirar el mismo.
    Existiendo un sobrante de 977,68 euros, y constando la existencia de la ejecución número 268 de 2011 en el Juzgado de lo social número 18 de Madrid, póngase en conocimiento de dicho órgano judicial a los efectos oportunos.
    Notifíquese esta resolución a las partes.
    Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sistemas de Oficina Madrid 7, Sociedad Anónima Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 26 de junio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/24.509/12)</texto>
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