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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 279 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

208 

Demanda 279 de 2009 
    Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 279 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julián Antonio Corral Bendicho, contra las empresas “Fesem Seguridad Integral, Sociedad Limitada”, y “Salvia Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Diligencia..En Madrid, a 5 de julio de 2012.
    La extiendo yo, el secretario, para dar cuenta a su señoría ilustrísima de haberse recibido de la correspondiente oficina de la delegación del Decanato, fechado por dicha oficina el día 5 de junio de 2012, escrito de la parte actora, por el que amplía la demanda presentada en su día..Doy fe.
    Providencia
    Ilustrísima magistrada-juez de lo social, María Luisa Gil Meana..En Madrid, a 5 de julio de 2012.
    Dada cuenta; por presentado el anterior escrito, únase a los autos de su razón, y dese traslado del mismo mediante copia a la parte contraria.
    Se tiene por ampliada la demanda contra “Salvia Seguridad, Sociedad Limitada”, y, en consecuencia, cítese a las partes, en única convocatoria, para los actos de conciliación y, en su caso, juicio, señalándose para tales actos la audiencia del día 8 de noviembre de 2012, a las nueve y treinta horas, en la Sala de vistas de este Juzgado, sito en Madrid, calle Princesa número 3, novena planta.
    Hágase entrega a la demandada contra la que se ha ampliado la demanda de copia de la demanda presentada y resto de los documentos, advirtiendo a las partes lo dispuesto en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
    Notifíquese la presente resolución a las partes.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
    Lo manda y firma su señoría. Doy fe..El secretario judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
    Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Fesem Seguridad Integral, Sociedad Limitada”, y “Salvia Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 5 de julio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/25.201/12)</texto>
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