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    <fecha_publicacion>2012/07/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Rascafría. Régimen económico. Modificación ordenanza fiscal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>RASCAFRÍA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE RASCAFRÍA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación ordenanza fiscal 
    El Pleno de este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 28 de junio de 2012 aprobó por unanimidad la modificación de la ordenanza fiscal relativa a la tasa que a continuación se relaciona y por lo que respecta a la cuota tributaria:
    .	Tasa por ocupación de terreno de uso público con mesas, sillas, tribunas, tablados y otros elementos análogos con finalidad lucrativa.
    La modificación de la citada ordenanza, se encuentra expuesta al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, por un plazo de treinta días de conformidad con lo preceptuado en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Haciendo constar, que transcurrido el período de exposición pública sin que se hayan producido reclamaciones, se elevará a definitivo el presente acuerdo plenario de 28 de junio de 2012.
    En Rascafría, a 28 de junio de 2012..La alcaldesa-presidenta, Ana María García Masedo.
    (03/24.096/12)</texto>
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