<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120718-66</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/07/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 18. Juicio de faltas 2.075 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>170</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-07-18-170030720120046</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/18/BOCM-20120718-66.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/18/BOCM-20120718-66.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/18/BOCM-20120718-66.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18
    EDICTO
 

66 

Juicio de faltas 2.075 de 2011 
    Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.
    Hace saber: Por haberse acordado en providencia de esta fecha dictada por el magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid, en juicio de faltas número 2.075 de 2011, seguido ante este órgano judicial por una falta de apropiación indebida, se hace público por medio del presente edicto el contenido de la parte dispositiva de la sentencia de fecha 2 de marzo de 2011, recaída en las presentes actuaciones, cuyo tenor literal es el siguiente:
    Fallo
    Que debo absolver y absuelvo a don Fidelis Chokwunedu Udume de una falta de estafa o apropiación indebida, con declaración de las costas de oficio.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Providencia
    Magistrado-juez de instrucción, don Ángel José Lera Carrasco..En Madrid, a 21 de marzo de 2012.
    Dada cuenta; por presentado el anterior escrito por el procurador don Ignacio Argos Linares, en nombre y representación de “Metro de Madrid, Sociedad Anónima”, únase, y visto su contenido, y antes de acordar sobre la admisión a trámite del recurso de apelación interpuesto, estese a la notificación de la sentencia a todas las partes y, verificado, se acordará.
    Modo de impugnación: mediante la interposición de recurso de reforma en el plazo de tres días ante este órgano judicial.
    Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sirviendo de notificación de sentencia y providencia, admitiéndose recurso de apelación a don Fidelis Chokwunedu Udume, cuyo domicilio se desconoce, se expide el presente en Madrid, a 6 de junio de 2012..El secretario (firmado).
    (03/23.030/12)</texto>
</documento>