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    <fecha_publicacion>2012/07/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 41. Demanda 1.343 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

177 

Demanda 1.343 de 2011 
    Don José Gayo Ydoate, secretario judicial del Juzgado de lo social número 41 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.343 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Teresa Doña Domínguez y doña Natalia Sicilia Hernández, contra la empresa “Packcelular, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 8 de junio de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Que estimando como estimo la demanda formulada por doña María Teresa Doña Domínguez y doña Natalia Sicilia Hernández, contra la empresa “Packcelular, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a esta a que abone a doña María Teresa Doña Domínguez la cantidad de 16.301,36 euros con el recargo del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aplicado a la cantidad de 7.962,15 euros y doña Natalia Sicilia Hernández la cantidad de 8.276,35 euros con el recargo del artículo 29.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aplicado a la cantidad de 3.945,18 euros.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Packcelular, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 15 de junio de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/22.669/12)</texto>
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