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    <fecha_publicacion>2012/07/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Procedimiento ordinario 1.441 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>166</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 37
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

77 

Procedimiento ordinario 1.441 de 2010 
    Doña Purificación Fernández Suárez, secretaria judicial con destino en el Juzgado de primera instancia número 37 de Madrid.
    Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de juicio ordinario número 1.441 de 2010, a instancias de don Mohamed Hassnui Mohamed, representado por la procuradora doña Almudena Gil Segura, contra don Domingo Eleuterio Pasán y doña Araceli López Flor, y ante el ignorado domicilio del demandado de don Domingo Eleuterio Pasán, se ha acordado librar el presente a fin de notificar al mismo la sentencia dictada en el procedimiento de referencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por don Mohamed Hassnui Mohamed, contra doña Araceli López Flor y contra don Domingo Eleuterio Pasán:
    1.o  Declaro la titularidad dominical de don Mohamed Hassnui Mohamed sobre la vivienda de la calle Alcaudón, número 19, bajo derecha, de Madrid, inscrita en el Registro de la Propiedad número 31 de Madrid, al folio 71, tomo 250, libro 250, finca registral número 19.716.
    2.o  Ordeno la inscripción a su favor en el Registro de la Propiedad número 31 de Madrid, con cancelación de las inscripciones contradictorias.
    3.o  Con imposición de la mitad de las costas de esta instancia a don Domingo Eleuterio Pasán, y sin imposición de la mitad de costas restantes.
    4.o  Homologo el acuerdo alcanzado por don Mohamed Hassnui Mohamed y doña Araceli López Flor, por el que esta no se opone a la demanda, con el compromiso de don Mohamed Hassnui Mohamed de abonar 3.241,92 euros a doña Araceli López Flor por las costas y molestias, que se abonará en el plazo máximo de cuarenta y cinco días desde esta resolución.
    Y para que sirva de notificación en legal forma al demandado rebelde don Domingo Eleuterio Pasán, cuyo domicilio se ignora, al que se le hace saber que no es firme y contra la misma cabe recurso de apelación que podrá preparar ante este Juzgado en el plazo de cinco días de conformidad con lo dispuesto en el artículo 457 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
    Y para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 21 de junio de 2012..La secretaria (firmado).
    (02/5.545/12)</texto>
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