<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120713-76</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/07/13</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid. Sección Primera. Rollo 147 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>166</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-07-13-166050720120015</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/13/BOCM-20120713-76.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/13/BOCM-20120713-76.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/13/BOCM-20120713-76.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Audiencia Provincial:</organismo>
    <organismo>Audiencia Provincial:</organismo>
    <organismo>AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID
    Sección Primera
    EDICTO
 

76 

Rollo 147 de 2012 
    Don Fernando González Pérez, secretario judicial de la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Madrid.
    Hace saber: Que en esta Sección se sigue el rollo de apelación número 147 de 2012, dimanante del juicio de faltas número 637 de 2011, procedente del Juzgado de instrucción número 3 de Fuenlabrada, a instancias de don Antonio Muñoz García, sobre falta de amenazas, se ha dictado sentencia de 17 de mayo de 2012, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    Se desestima el recurso de apelación interpuesto por don Antonio Muñoz García contra la sentencia de 18 de noviembre de 2011, dictada en el juicio de faltas número 637 de 2011, del Juzgado de instrucción número 3 de Fuenlabrada, que se confirma íntegramente sin condena en costas en esta instancia.
    Notifíquese la presente sentencia a las partes procesales, con expresión que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno y devuélvanse los autos originales al Juzgado de procedencia.
    Así, por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación al rollo, lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que sirva de notificación en legal forma a don Antonio Muñoz García que se encuentra en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Dado en Madrid, a 11 de junio de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/22.794/12)</texto>
</documento>