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    <fecha_publicacion>2012/07/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Juicio de faltas 1.982 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 18
    EDICTO
 

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Juicio de faltas 1.982 de 2010 
    Don José Carlos González Arnal, secretario del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.982 de 2010 se ha dictado auto, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    Auto
    En Madrid, a 26 de noviembre de 2010.
    Hechos:
    Primero..Se ha recibido en este Juzgado el parte de asistencia facultativa o atestado que precede, sin que conste denuncia del perjudicado don Juan José Cruz Senovilla, domiciliado en Madrid, calle Camilo José Cela, número 3, bloque 6, primero B, de Madrid, por accidente.
    Parte dispositiva:
    Incóese juicio de faltas, y al mismo tiempo se decreta el archivo, sin perjuicio de su reapertura, si el perjudicado presenta denuncia dentro de los seis meses siguientes a la comisión de los hechos.
    Notifíquese esta resolución al perjudicado.
    Modo de impugnación: mediante interposición de recurso de reforma en tres días ante este órgano judicial.
    Así lo acuerda, manda y firma don Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid y su partido. Doy fe..El secretario judicial (firmado)..El magistrado-juez de instrucción (firmado).
    Y el auto cuyo encabezamiento y parte dispositiva dicen:
    Auto
    En Madrid, a 4 de julio de 2011.
    Hechos:
    Primero..En este Juzgado se siguen actuaciones de juicio de faltas número 1.982 de 2010-R, por presunta falta de lesiones, en virtud de parte de asistencia de fecha 12 de noviembre de 2010, en el que consta la asistencia a don Fernando Arturo Ceberio Sainz de Rozas.
    Segundo..En fecha 26 de noviembre de 2010 se dictó auto de incoación y archivo por falta de denuncia previa, en el que consta que el perjudicado es don Juan José Cruz Senovilla, cuando el perjudicado es don Fernando Arturo Ceberio Sainz de Rojas.
    Parte dispositiva:
    Acuerdo: Haber lugar a subsanar el error material padecido en el hecho primero del auto dictado en fecha 26 de noviembre de 2010 en el presente juicio de faltas, en el sentido de que la persona perjudicada es don Fernando Arturo Ceberio Sainz de Rozas, y no don Juan José Cruz Senovilla.
    Póngase esta resolución en conocimiento del ministerio fiscal y demás partes personadas, previniéndoles que contra la misma podrán interponer, ante este Juzgado, recurso de reforma en el plazo de tres días.
    Así lo acuerda, manda y firma don Ángel José Lera Carrasco, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 18 de Madrid y su partido..Doy fe.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Fernando Arturo Ceberio Sainz de Rozas, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 30 de mayo de 2012..El secretario (firmado).
    (03/21.532/12)</texto>
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