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    <fecha_publicacion>2012/07/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 2 refuerzo. Demanda 309 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

165 

Demanda 309 de 2012 
    Doña Yolanda Caballero Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 309 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Rulber Eduardo Larrahondo Montoya, contra “Jovisa Chorreos y Revestimientos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto de aclaración de fecha 1 de junio de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Examinada de hecho la sentencia se aprecia la necesidad de aclarar el fallo de la misma en el sentido que a continuación se dice.
    Donde dice: “Tapizados Linares, Sociedad Limitada”; debe decir: “Jovisa Chorreos y Revestimientos, Sociedad Limitada”.
    Notifíquese esta resolución a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Jovisa Chorreos y Revestimientos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Móstoles, a 6 de junio de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/21.176/12)</texto>
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