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    <fecha_publicacion>2012/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 141 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>160</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

126 

Ejecución 141 de 2012 
    Doña Rosa María Pérez Garrudo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 141 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Arias Losada, contra la empresa “Villalba Ediciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto y decreto siguientes:
    Auto
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Francisco Arias Losada, frente a “Villalba Ediciones, Sociedad Limitada”, por la cantidad de 15.655,20 euros en concepto de principal y 1.565,52 euros en concepto de intereses provisionales y otros 1.565,52 euros en concepto de costas también provisionales.
    Contra este auto cabe recurso de reposición, al amparo del artículo 237.4 de la Ley de Procedimiento Laboral, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
    Decreto
    Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
    Notifíquese la presente resolución.
    Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Villalba Ediciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 29 de mayo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/21.305/12)</texto>
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