<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120703-69</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>POZUELO DE ALARCÓN</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/07/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Notificación sanción infracción norma tráfico</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>157</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-07-03-157220620120144</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/03/BOCM-20120703-69.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/03/BOCM-20120703-69.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/03/BOCM-20120703-69.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/03/BOCM-20120703-69.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

69 

Notificación sanción infracción norma tráfico 
    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace pública notificación de las resoluciones recaídas en los expedientes sancionadores que se indican, dictadas por el órgano competente, no habiendo sido posible practicar dicha notificación individual.
    Vistas las actuaciones practicadas en los expedientes sancionadores que se referencian a continuación, así como las alegaciones formuladas por el interesado dentro del plazo reglamentario, y una vez valoradas las mismas, no habiéndose acreditado en los expedientes circunstancia o motivación alguna que permitiera exonerar la responsabilidad del infractor, se ha resuelto la imposición de la sanción por infracción a la norma de tráfico que figura referenciada con indicación expresa de la multa fijada para la misma.
    Contra estas resoluciones, que son firmes en la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el alcalde, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del presente. o bien podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados en el plazo de dos meses.
    Se podrá hacer efectiva la presente sanción durante el plazo de un mes incrementado en quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la presente publicación, en cualquiera de las siguientes entidades colaboradoras: “Caja Madrid”, “Banco Santander Central Hispano”, “La Caixa”, “Caja Castilla-La Mancha” y “BBVA”, “Caja de Ahorros del Mediterráneo” y “Barclays” contactando previamente con la Oficina de Gestión de Multas (Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, plaza Mayor, número 1, teléfono 914 522 700) para obtener la correspondiente carta de pago.
    Transcurridos los indicados plazos sin abonar el importe de la sanción, se exigirá por el procedimiento de apremio y se devengarán los correspondientes recargos del periodo ejecutivo, los intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.
    NIF. . Apellidos/nombre infractor. . Número expediente. . Artículo/Ley infringida. . 	Matrícula. . Lugar infracción. . Fecha/hora infracción. . Importe
    33475209-C. . Pastor Martínez, María Teresa. . 2457/2012. . 8/OMT. . 2854GMT. . Carretera de Húmera-Aravaca, Canadá. . 25 de febrero de 2012. . 200 euros.
    50456646-M. . Ballesteros Quintero, Julián. . 4367/2012. . 7/OMT. . 7643HBW. . Pablo VI, 7. . 2 de abril de 2012. . 300 euros.
    Pozuelo de Alarcón, a 15 de mayo de 2012..El concejal de Seguridad, Movilidad y Transportes, Gerardo Sampedro Cortijo.
    (02/4.566/12)</texto>
</documento>