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    <titulo>– Alcobendas. Organización y funcionamiento. Modificación Reglamento Orgánico del Pleno</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcobendas</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS
    ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 

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Modificación Reglamento Orgánico del Pleno 
    El Pleno Municipal del Ayuntamiento de Alcobendas en sesión celebrada el día 29 de mayo de 2012, aprobó inicialmente la modificación del artículo 150 del Reglamento Orgánico del Pleno, relativa a la implantación de medios electrónicos que simplifiquen los procesos administrativos y faciliten el acceso electrónico de los ciudadanos a las sesiones del Pleno Municipal.
    Asimismo, aprobó la apertura del trámite de información pública y audiencia a los interesados por plazo mínimo de treinta días hábiles para la presentación de reclamaciones y sugerencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 7/1985 y 172 del Reglamento Orgánico del Pleno, considerándose definitivamente aprobada la modificación efectuada si no se presentara alegación alguna, ni reclamaciones o sugerencias, de conformidad con el artículo 174 del Reglamento Orgánico del Pleno, y artículos 56.1, 65.2 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de la Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local.
    La modificación reglamentaria entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    Alcobendas, a 12 de junio de 2012..El alcalde, Ignacio García de Vinuesa Gardoqui.
    (03/21.878/12)</texto>
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