<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120702-178</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/07/02</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 34. Ejecución 26 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>156</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-07-02-156140620120199</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/02/BOCM-20120702-178.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/02/BOCM-20120702-178.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/02/BOCM-20120702-178.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/07/02/BOCM-20120702-178.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 34
    EDICTO
 

178 

Ejecución 26 de 2012 
    Don Fernando Benítez Benítez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 34 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 26 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Batalloso Doncel, contra la empresa “Obrysa General de Obras, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 23 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:
    Dispongo: Estimar la demanda incidental formulada por don Juan Batalloso Doncel contra “Obrysa General de Obras, Sociedad Limitada”, y en consecuencia:
    1.  Declarar que la empresa ejecutada no ha procedido a readmitir al trabajador despedido.
    2.  Resolver la relación contractual condenando a la ejecutada a que satisfaga a la ejecutante la indemnización rescisoria total de 3.274,20 euros.
    3.  Condenar a la empresa a que satisfaga por el concepto de salarios de tramitación el importe total de 22.598,40 euros, correspondientes al período comprendido entre el día siguiente al despido y el día de esta resolución (cuatrocientos cuarenta días).
    4.  Condenarle a que mantenga al trabajador ejecutante en situación de alta durante el expresado período de tramitación que se extiende desde el día siguiente del despido hasta el día de hoy.
    5.  Condenarle a que abone las costas del trámite.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días, que no paralizará ni suspenderá la ejecución, a contar desde el siguiente a su notificación, con expresión de las infracciones legales que se le imputen. La parte que intentare recurrir está obligada a constituir depósito previo por importe de 25 euros si no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social. Asimismo quedarán exentos del depósito el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de todos ellos. El depósito habrá de constituirse mediante ingreso en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que este Juzgado tiene abierta en la entidad “Banesto”, numero 2807/0000/30/0026/12.
    Por este auto lo pronuncia, manda y firma don Antonio Seoane García, magistrado titular del Juzgado de lo social número 34 de Madrid y su provincia.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Obrysa General de Obras, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 25 de mayo de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/20.418/12)</texto>
</documento>