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    <fecha_publicacion>2012/07/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 24. Ejecución 19 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 24
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

162 

Ejecución 19 de 2012 
    Doña Marta Menárguez Salomón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 24 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 19 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Dolores Mérida Bueno, contra la empresa “Inmocapital Inversiones Industriales 27, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto de fecha 12 de abril de 2012 y diligencia de ordenación de fecha 29 de mayo de 2012, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
    Auto
    Magistrada-juez de lo social, doña Elena Burgos Herrera..En Madrid, a 12 de abril de 2012.
    Parte dispositiva:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante doña Dolores Mérida Bueno, frente a “Inmocapital Inversiones Industriales 27, Sociedad Limitada”, por un principal de 19.910,89 euros, más 1.194,65 euros de intereses y 1.191,08 euros de costas, ambos conceptos fijados provisionalmente para la presente.
    Declarada la insolvencia en fecha 13 de febrero de 2012 por el Juzgado de lo social número 26 de Madrid, dese traslado al Fondo de Garantía Salarial por término de quince días.
    Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
    Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña Marta Menárguez Salomón..En Madrid, a 29 de mayo de 2012.
    Por recibido el anterior exhorto negativo procedente del Juzgado Decano de Alcobendas, únase a las actuaciones.
    Reitérese la notificación según dispone el artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral.
    Modo de impugnación: sin perjuicio de llevarse a cabo lo acordado en esta resolución, contra ella podrán interponer recurso de reposición, que deberá presentarse en este Juzgado en el plazo de tres días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación.
    Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite (disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial 6/1985, conforme la modificación introducida por la Ley Orgánica 1/2009).
    El citado depósito podrá efectuarse de las siguientes maneras:
    a)  Mediante ingreso en la “Cuenta de consignaciones” del Juzgado, sita en “Banesto”, calle Princesa, número 3, primera planta, de Madrid, al número de cuenta 2522.
    b)  Mediante transferencia a la entidad “Banesto”, siendo los veinte dígitos 0030/ 1033/40/0000000000 o 0030/1033/40/9999999999, y en conceptos indicar la persona o entidad que hace el ingreso, como beneficiario el número de Juzgado, el número de procedimiento y año.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inmocapital Inversiones Industriales 27, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 28 de mayo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/20.358/12)</texto>
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