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    <fecha_publicacion>2012/07/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Navalcarnero número 1. Juicio de faltas 541 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE NAVALCARNERO NÚMERO 1
    EDICTO
 

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Juicio de faltas 541 de 2010 
    Doña Irene Ortiz Plaza, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Navalcarnero.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 541 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    En Navalcarnero, a 29 de junio de 2011..La ilustrísima doña Rosa María Argüelles García, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 1 de esta ciudad, ha visto el expediente de juicio de faltas número 541 de 2010, sobre hurto, en virtud de denuncia de don Luis Antonio García Castro, con asistencia del ministerio fiscal en representación de la acción pública, habiendo sido citado como denunciante don Luis Antonio García Castro y como denunciados don Hachim El Jaouani y don El Khadir Tachfint, que comparecieron a la vista oral.
    Fallo
    Que debo condenar y condeno a don Hachim El Jaouani y don El Khadir Tachfint, como autores criminalmente responsables de una falta de hurto prevista y penada en el artículo 623.1 del Código Penal, a la pena de multa de un mes, fijando la cuota diaria en 2 euros, debiendo abonar cada uno de ellos la suma de 60 euros en un solo plazo y dentro de las veinticuatro horas siguientes al requerimiento que se les haga, con responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas no satisfechas, todo ello con expresa imposición de costas.
    Pronúnciese esta sentencia en audiencia pública y notifíquese a las partes y al ministerio fiscal, haciéndoles saber que la misma es apelable en ambos efectos para ante la Audiencia Provincial, recurso que ha de interponerse ante este Juzgado y que debe formalizarse por escrito, siendo el plazo para ello el de cinco días a partir de su notificación.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Hachim El Jaouani, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Navalcarnero, a 28 de mayo de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/20.683/12)</texto>
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