<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120625-162</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 6</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/06/25</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Alicante número 6. Cantidad 1.042 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>150</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-06-25-150140620120237</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/06/25/BOCM-20120625-162.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/06/25/BOCM-20120625-162.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/06/25/BOCM-20120625-162.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/06/25/BOCM-20120625-162.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 6</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE ALICANTE NÚMERO 6
    EDICTO
    CÉDULA DE CITACIÓN
 

162 

Cantidad 1.042 de 2010 
    El ilustrísimo magistrado-juez de lo social del número 6 de Alicante, en resolución de esta fecha dictada en los autos, sobre cantidad número 1.042 de 2010, instados por don Eugenio Catalá Bonafonte, ha acordado citar a la parte demandada “Cast Crew, Sociedad Limitada”, y Fondo de Garantía Salarial, a fin de que el día 12 de julio de 2012, a las diez y cinco horas, comparezcan en la Sala de audiencias de este Juzgado para la celebración de los actos de conciliación y juicio, haciéndoles saber que en la Secretaría se encuentran a su disposición las copias de la demanda y documentos presentados, advirtiéndoles que al acto del juicio deberán concurrir con todos los medios de prueba de que intenten valerse, apercibiéndoles que de no comparecer se celebrará el juicio sin su presencia, que continuará sin necesidad de celebrar su rebeldía.
    Y para su publicación, a fin de que sirva de citación en forma a la demandada “Cast Crew, Sociedad Limitada”, expido y firmo el presente edicto en Alicante, a 29 de mayo de 2012..El secretario judicial (firmado)
    (03/20.709/11)</texto>
</documento>