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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Disolución junta compensación plan parcial Los Tres Olivos</titulo>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE MADRID
    URBANISMO
    Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 

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Disolución junta compensación plan parcial Los Tres Olivos 
    La Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, en sesión celebrada el día 26 de abril de 2012, ha adoptado el siguiente acuerdo:
    Primero..Aprobar inicialmente la disolución de la Junta de Compensación del Plan Parcial I-22 “Los Tres Olivos”, del Plan General de Ordenación Urbana de 1985, actualmente Área de Planeamiento Incorporado 08.05 “Los Tres Olivos” del Plan General de 1997, de conformidad con lo establecido en el artículo 10.3 de la Ley 4/1984, de 10 de febrero, sobre Medidas de Disciplina Urbanística de la Comunidad de Madrid que resulta de aplicación al presente procedimiento según la disposición transitoria cuarta, segundo apartado, de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.
    Segundo..Someter el expediente al trámite de información pública durante el plazo de treinta días mediante la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en un periódico de los de mayor difusión, con notificación a los interesados.
    Con la publicación del presente anuncio se considerarán notificados los interesados desconocidos o con domicilio ignorado, de conformidad con lo establecido en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
    Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente (Reglamento General número 711/2011/32.676), en las mañanas de los días hábiles del plazo señalado, que empezará a contar desde la publicación del presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la Unidad Técnica de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, sita en la calle Guatemala, número 13, y presentar dentro del indicado plazo, los escritos de alegaciones que a su derechos convenga.
    Madrid, a 8 de mayo de 2012..La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.
    (02/4.301/12)</texto>
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