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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2012/06/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 23. Demanda 146 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 23
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

157 

Demanda 146 de 2011 
    Doña Rosa María Lozano Blanco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 23 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 146 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Orlando Espinosa Cárdenas, contra las empresas “Construnor Estructuras, Sociedad Limitada”, “GV Estructuras, Sociedad Limitada”, y “Aranas Spain, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
    Sentencia número 163 de 2012
    En Madrid, a 9 de mayo de 2012..Habiendo visto el ilustrísimo señor don Jorge Juan Guillén Olcina, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 23 de esta ciudad, los presentes autos de juicio verbal número 146 de 2012, sobre cantidad, seguidos entre partes: de una, como demandante, don Orlando Espinosa Cárdenas, asistido del letrado don Eduardo Romero Sáez, y de otra, como demandadas, “Construnor Estructuras, Sociedad Limitada”, y “Aranas Spain, Sociedad Limitada”, que no comparecen, desistiendo el demandante en el acto del juicio de estas codemandadas, y “GV Estructuras, Sociedad Limitada”, representada por don Juan Carlos González Villanueva y asistida del letrado don Francisco Mancera Martínez, ha pronunciado en nombre del Rey la siguiente sentencia:
    Fallo
    Que estimando parcialmente la demanda promovida por don Orlando Espinosa Cárdenas, frente a las empresas “Construnor Estructuras, Sociedad Limitada”, “Aranas Spain, Sociedad Limitada”, y “GV Estructuras, Sociedad Limitada”, en reclamación de cantidad, condeno a la demandada “GV Estructuras, Sociedad Limitada”, a que abone al demandante la cantidad de 8.210,29 euros por los conceptos reclamados en su demanda.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación para ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá ser anunciado por escrito o comparencia en el término de cinco días a contar desde el siguiente al de la notificación de la sentencia, y con expresa advertencia de que de ser el recurrente la parte demandada deberá exhibir ante este Juzgado el resguardo acreditativo de haber depositado en la cuenta de “Recursos” de este Juzgado de lo social número 23, número de identificación 0030/1143/45/2521, abierta en el “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), oficina sita en la calle Princesa, número 3, de esta ciudad, la cantidad objeto de condena, pudiendo sustituirse la consignación en metálico por el aseguramiento mediante aval bancario en el que deberá hacerse constar la responsabilidad solidaria del avalista, y acreditar también haber depositado en la indicada cuenta la cantidad de 300 euros, preceptiva legalmente para recurrir, sin cuyos requisitos no se tendrá por anunciado dicho recurso.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Orlando Espinosa Cárdenas, “Construnor Estructuras, Sociedad Limitada”, “GV Estructuras, Sociedad Limitada”, y “Aranas Spain, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 11 de mayo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/18.355/12)</texto>
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