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    <titulo>Sevilla número 2. Ejecución 55 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE SEVILLA NÚMERO 2
    EDICTO
 

157 

Ejecución 55 de 2012 
    Doña María Fernanda Tuñón Lázaro, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Sevilla.
    Hago saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 859 de 2010, ejecución de títulos judiciales número 55 de 2012, a instancias de la parte actora don Javier Prieto Fernández, contra don Manuel Recio Abad, don José Agustín Jurado Rodríguez, don Ángel Vergara García, “Dinaqua, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Estudios Taer Corporación, Sociedad Limitada”, “El Bosque Aljarafe, Sociedad Limitada”, y “Novaindes Desarrollo Inmobiliario, Sociedad Anónima”, sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 3 de abril de 2012, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
    Parte dispositiva:
    Su señoría ilustrísima dijo: Procédase a la ejecución de la sentencia dictada en las presentes actuaciones frente a “El Bosque Aljarafe, Sociedad Limitada”, por la suma de 73.313,10 euros en concepto de principal, más 14.662,62 euros calculados para intereses y gastos, sin perjuicio de posterior liquidación.
    No ha lugar a la ejecución solicitada contra los concursados don Manuel Recio Abad, don José Agustín Jurado Rodríguez, don Ángel Vergara García, “Dinaqua, Sociedad Limitada Unipersonal”, “Estudios Taer Corporación, Sociedad Limitada”, y “Novaindes Desarrollo Inmobiliario, Sociedad Anónima”, debiendo el actor ejercitar su derecho ante el juez de lo mercantil conocedor del concurso.
    Una vez dictado por la secretaria judicial el correspondiente decreto, de conformidad con lo previsto en el artículo 551.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, notifíquese este auto a los ejecutados, junto con copia de la demanda ejecutiva y documentos con ella aportados, para que en cualquier momento puedan personarse en la ejecución, entendiéndose con ellos, en tal caso, las ulteriores actuaciones.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles al de su notificación.
    Así por este auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo señor don Pablo Surroca Casas, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 2 de Sevilla. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social (firmado).
    Diligencia..Seguidamente se cumple lo mandado..Doy fe.
    Y para que le sirva de notificación a la demandada “Dinaqua, Sociedad Limitada Unipersonal”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
    En Sevilla, a 2 de mayo de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/17.350/12)</texto>
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