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    <identificador>BOCM-20120607-134</identificador>
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    <fecha_publicacion>2012/06/07</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 3. Demanda 473 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

134 

Demanda 473 de 2012 
    Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 473 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Víctor García Montalvo, don Enrique García Conde Bueno, don Aitor Garrido Corpas, don Miguel Ángel Gil Gil, don Francisco Giménez González, don Juan Carlos Gómez Fernández, don José González Martín, don Juan Martín Gil, don David Martín Sanz, don Rubén Martín Sanz, don Miguel Ángel Martínez Márquez, don Álvaro Montalvo Anchuelo, don Sergio Montalvo Anchuelo, don Jaime Padrino Moreno, don Juan Pérez Angorilla, don José Luis Pinedo Rozalen, don Iván Romero González, don Rubén Ruiz Estévez, don Francisco Serradilla García, don Victoriano Velasco Esteban, don Manuel Vázquez Martínez, don Pedro Luis Albares Arce, don Marcos Beas Lominchar, don Alberto Bueno Rincón, don Ángel Bueno Rincón, don Raúl Cabellos Alonso, don Fernando Canalda Canales, don Jesús Antonio de Andrés Blanco, don José Miguel Espejo Haro, don Jesús Fernández Alcocer, don Álvaro García Iglesias, don Eduardo García Martínez y don Isaac García Montalvo, contra la empresa “Honeywell Fricción España, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente decreto, cuya parte dispositiva se acompaña.
    Decreto
    El secretario judicial..En Madrid, a 27 de abril de 2012.
    Parte dispositiva:
    Acuerdo:
    1.  Admitir a trámite la demanda presentada a instancias de don Víctor García Montalvo, don Enrique García Conde Bueno, don Aitor Garrido Corpas, don Miguel Ángel Gil Gil, don Francisco Giménez González, don Juan Carlos Gómez Fernández, don José González Martín, don Juan Martín Gil, don David Martín Sanz, don Rubén Martín Sanz, don Miguel Ángel Martínez Márquez, don Álvaro Montalvo Anchuelo, don Sergio Montalvo Anchuelo, don Jaime Padrino Moreno, don Juan Pérez Angorilla, don José Luis Pinedo Rozalen, don Iván Romero González, don Rubén Ruiz Estévez, don Francisco Serradilla García, don Victoriano Velasco Esteban, don Manuel Vázquez Martínez, don Pedro Luis Albares Arce, don Marcos Beas Lominchar, don Alberto Bueno Rincón, don Ángel Bueno Rincón, don Raúl Cabellos Alonso, don Fernando Canalda Canales, don Jesús Antonio de Andrés Blanco, don José Miguel Espejo Haro, don Jesús Fernández Alcocer, don Álvaro García Iglesias, don Eduardo García Martínez y don Isaac García Montalvo, frente a “Honeywell Friccion España, Sociedad Limitada”, en ordinario, que se sustanciará por las reglas de la demanda.
    2.  Se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 3 de septiembre de 2013, a las nueve y veinte horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado sita en la calle Princesa, número 3, debiendo citarse a las partes, con entrega a los demandados y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.
    Las partes actoras comparecerán al acto del juicio oral asistidas de letrado.
    Se requiere a las partes actoras para que en el plazo de cuatro días hábiles desglosen y especifiquen de donde obtienen las cantidades que reclama cada uno de los demandantes, debiendo concretar la prima y objetivos adicionales percibida por cada uno de los demandantes de mayo a octubre de 2011; concretando cada mes lo percibido por dicho concepto y además las retribuciones en especie que percibió cada uno de diciembre de 2010 a noviembre de 2011; debiendo también especificar mensualmente que percibió cada uno y por que conceptos.
    Asimismo, en dicho plazo debe aportar poder del letrado que acredite la representación que ostenta y de no cumplimentar dichos requerimientos tal como se efectúan en el plazo indicado, se procederá al archivo de la demanda, dejando sin efecto el señalamiento.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
    Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
    a)  Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2501 en la entidad bancaria “Banesto”, calle Orense, número 19.
    b)  Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los 20 dígitos obligatorios: 0030 1143 50 0000000000, indicando el número de cuenta corriente 2501, número de procedimiento y persona o empresa que hace el ingreso..El secretario (firmado).
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Honeywell Friccion España, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 16 de mayo de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/18.378/12)</texto>
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