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    <fecha_publicacion>2012/06/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Alcalá de Henares número 2. Juicio de faltas 1.037 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 2
    EDICTO
 

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Juicio de faltas 1.037 de 2010 
    Doña María del Pilar Lagarejo Rodríguez, secretaria del Juzgado de instrucción número 2 de Alcalá de Henares.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.037 de 2010 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    Sentencia
    En Alcalá de Henares, a 29 de noviembre de 2011..Vistos por la ilustrísima señora doña Olga Iglesias Santamaría, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 2 (anterior Juzgado de primera instancia e instrucción número 3) de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio de faltas, sobre falta contra las personas, seguidos con el número 1.037 de 2009, entre don José Ignacio Redondo Aparicio (denunciante); doña Hilaria Aparicio Francisco (perjudicada), y don Ramón Juan Manrique, don Domingo Vicente Mozas, don Heliodoro Romo Lorente, doña Manuela Serrano Talavera, doña Vilma Adelina Ronceros Tarazona y doña Elena Lucaciu (denunciados), con intervención del ministerio fiscal, resultando el siguiente
    Fallo
    Que debo declarar y declaro, por fallecimiento, extinguida la responsabilidad criminal del denunciado don Ramón Juan Manrique Martín.
    Y debo absolver y absuelvo a don Domingo Vicente Mozas, don Heliodoro Romo Lorente, doña Manuela Serrano Talavera, doña Vilma Adelina Ronceros Tarazona y doña Elena Lucaciu de los hechos por los que venían denunciados, declarando de oficio las costas de este juicio y sin perjuicio de las acciones civiles que puedan corresponder a los perjudicados ante la jurisdicción civil.
    Notifíquese esta resolución a las partes, previniéndoles que no es firme y que contra la misma podrán interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días desde su notificación ante este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Elena Lucaciu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Alcalá de Henares, a 18 de abril de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/16.745/12)</texto>
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