<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120605-137</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/06/05</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 7. Ejecución 105 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>133</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-06-05-133240520120157</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/06/05/BOCM-20120605-137.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/06/05/BOCM-20120605-137.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/06/05/BOCM-20120605-137.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/06/05/BOCM-20120605-137.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

137 

Ejecución 105 de 2012 
    Doña Rosa María Pérez Garrudo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 551 de 2010, ejecución número 105 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Emiliano González Chumacero, contra la empresa “Ajenjo Reformas y Decoración, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado el siguiente auto:
    Auto
    Magistrado-juez de lo social, don José Luis de Mesa Gutiérrez..En Madrid, a 26 de abril de 2012.
    Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,
    Parte dispositiva:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución del acta de conciliación de fecha 8 de junio de 2011 a favor de la parte ejecutante don Emiliano González Chumacero, frente a “Ajenjo Reformas y Decoración, Sociedad Limitada”, por un importe de 10.100 euros en concepto de principal, 1.000 euros en concepto de intereses provisionales y 1.000 euros en concepto de costas provisionales.
    Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Ajenjo Reformas y Decoración, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 26 de abril de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/16.636/12)</texto>
</documento>