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    <identificador>BOCM-20120605-118</identificador>
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    <fecha_publicacion>2012/06/05</fecha_publicacion>
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    <titulo>Lerma número 1. Juicio de faltas 30 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>133</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LERMA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LERMA NÚMERO 1
    EDICTO
 

118 

Juicio de faltas 30 de 2011 
    Doña Ivana Vega del Diego, secretaria judicial del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Lerma (Burgos).
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 30 de 2011 se ha acordado la publicación mediante edictos de la resolución dictada en el referido procedimiento y cuyo encabezamiento y fallo son  del siguiente tenor literal:
    Sentencia número 50 de 2011
    En Lerma, a 20 de julio de 2011..Doña Marta Mayoral Santamaría, magistrada-juez de instrucción, habiendo visto y oído en juicio oral y público la presente causa de juicio de faltas número 30 de 2011, seguida por una falta de lesiones por imprudencia, contra don Emmanuel Jacques Etienne, habiendo sido parte en la misma: como denunciante, doña Alejandra Hernández Borja, asistida del letrado don Francisco Sánchez Méndez, y como denunciado, don Emmanuel Jacques Etienne, asistido del letrado don Carlos Real Chicote, procede a dictar la presente resolución.
    Antecedentes de hecho:
    Primero..El presente procedimiento se incoó como juicio de faltas, señalándose en su momento la correspondiente vista oral.
    Llegado el día señalado, se celebró la vista por sus trámites legales, en dicho juicio las personas que figuran en el acta precedente hicieron las declaraciones que tuvieron por conveniente, afirmándose y ratificándose los denunciantes en la denuncia formulada.
    Fallo
    Que debo absolver y absuelvo a don Emmanuel Jacques Etienne de la falta de lesiones imprudentes que le venía siendo imputada, con declaración de costas de oficio.
    La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Burgos en el plazo de cinco días desde su notificación.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que conste y sirva de notificación a don Emmanuel Jacques Etienne, actualmente en paradero desconocido, expido el presente en Lerma, a 2 de mayo de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/16.542/12)</texto>
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