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    <fecha_publicacion>2012/06/02</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 5. Demanda 975 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 5
    EDICTO
 

140 

Demanda 975 de 2011 
    El secretario judicial del Juzgado de lo social número 5 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 975 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco David Álvarez González, don Carlos Ignacio Cuenca Moreno y don Sergio Húmera Amat, contra la empresa “Silicoforrados, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
    Sentencia número 185 de 2012
    En nombre del Rey..En Madrid, a 24 de abril de 2012.
    Vistos por la ilustrísima señora doña Ángela Mostajo Veiga, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 5 de Madrid, los presentes autos sobre cantidad, siendo partes en los mismos: de una, como demandantes, don Francisco David Álvarez González, don Carlos Ignacio Cuenca Moreno y don Sergio Húmera Amat, asistidos por el letrado don Juan Enrique Méndez García Abad, y de otra, como demandada, “Silicoforrados, Sociedad Limitada”, que no comparece, con citación del Fondo de Garantía Salarial, que no comparece.
    Fallo
    Que estimando la demanda interpuesta por don Francisco David Álvarez González, don Carlos Ignacio Cuenca Moreno y don Sergio Húmera Amat, contra “Silicoforrados, Sociedad Limitada”, con citación del Fondo de Garantía Salarial, debo condenar y condeno a la empresa a que abone a los trabajadores las siguientes sumas:
    A don Francisco David Álvarez González: 11.790,18 euros.
    A don Carlos Ignacio Cuenca Moreno: 16.994,45 euros.
    A don Sergio Húmera Amat: 13.145,35 euros.
    Más un interés del 10 por 100 anual en concepto de mora.
    Notifíquese la presente resolución a las partes, con la advertencia de que no es firme y contra ella cabe formular recurso de suplicación al Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el cual deberá anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando para ello la mera manifestación de parte o de su abogado o representante al hacerle la notificación de aquella de su propósito de entablarlo, o bien por comparecencia o por escrito de las partes, de su abogado o su representante dentro del plazo indicado.
    Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá al tiempo de anunciar el recurso haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” que tiene abierta este Juzgado con el número 2503 en “Banco Español de Crédito” (“Banesto”), en la calle Orense, número 19, de Madrid, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Silicoforrados, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 24 de abril de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/16.191/12)</texto>
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