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    <titulo>Madrid número 3. Ejecución 257 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Ejecución 257 de 2011 
    Don Ismael Pérez Martínez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 257 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Agustina Sime Peña, contra la empresa “Antes de Subastarlo, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y diligencia de fecha 30 de noviembre de 2011, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
    Auto
    Magistrada-juez de lo social, doña Mercedes Gómez Ferreras..En Madrid, a 30 de noviembre de 2011.
    Parte dispositiva:
    Dispongo: Despachar orden general de ejecución sentencia a favor de la parte ejecutante, doña Agustina Sime Peña, frente a “Antes de Subastarlo, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 13.381,10 euros en concepto de principal, más otros 1.338 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de ésta, sin perjuicio de su posterior liquidación. Procédase a la Averiguación Patrimonial del ejecutado.
    Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte..El secretario judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
    Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Ismael Pérez Martínez..En Madrid, a 30 de noviembre de 2011.
    Con fecha 4 de abril de 2011 por el Juzgado de lo social número 3 de Palma de Mallorca se ha declarado insolvente a la empresa “Antes de Subastarlo, Sociedad Limitada”.
    Quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 13.381,10 euros de principal y 1.338 euros de intereses, sin que las actuaciones o indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a la traba de bienes de la actualidad ejecutada, y atendiendo a los precedentes arriba indicados, procédase a dictar insolvencia, y antes de ello, conforme a lo previsto en el artículo 274.3 de la Ley de Procedimiento Laboral, dése audiencia previa a la parte actora y al Fondo de Garantía Salarial por término de diez días para que puedan señalar, en su caso, la existencia de nuevos bienes.
    Notifíquese a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley de Procedimiento Laboral.
    Contra esta resolución cabe interponer recurso de reposición..El secretario judicial (firmado).
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Antes de Subastarlo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 2 de febrero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/6.055/12)</texto>
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