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    <fecha_publicacion>2012/03/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Demanda 1.504 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

183 

Demanda 1.504 de 2011 
    Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.504 de 2011-MO de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gloria Caridad Ramos Tejerina, contra la empresa “Edén Novias, Sociedad Limitada”, sobre extinción, cantidad y despido, se ha dictado Decreto de citación y auto de acumulación cuyas partes dispositivas son, respectivamente, del tenor literal siguiente:
    Parte dispositiva:
    Acuerdo:
    1.  Admitir a trámite la demanda presentada por doña Gloria Caridad Ramos Tejerina, frente a “Edén Novias, Sociedad Limitada”, en materia de extinción y cantidad.
    2.  Se acuerda requerir a la empresa demandada la documental solicitada para que en el día del juicio aporte los documentos indicados en la demanda sin perjuicio del criterio de su señoría el magistrado, y citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 16 de abril de 2012, a las once y veinte horas.
    3.  En relación con el interrogatorio de las partes ha lugar y se requiere al legal representante de la empresa demandada a fin de que comparezca el día y hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se le podrá tener por confeso.
    4.  Se tienen por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda, sobre la comparecencia a juicio del demandante asistido de letrado.
    Con las siguientes advertencias y apercibimientos:
    A la parte demandada, que, conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado lo hará constar en la demanda.
    A ambas partes, que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.
    Asimismo, se indicará a ambas partes que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).
    Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
    Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá, dentro del plazo para recurrir, constituir un depósito de 25 euros y si no lo hace el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito podrá efectuarse:
    a)  Mediante consignación en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con el número 2850 en la entidad bancaria “Banesto”.
    Dispongo: Acumúlense a estos autos los que se siguen en este Juzgado de lo social con el número 1.706 de 2011, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas, estando el juicio señalado para el día 16 de abril de 2012 a las once y veinte horas.
    Notifíquese la presente resolución a las partes.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de recibirla, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Edén Novias, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Móstoles, a 20 de febrero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/7.238/12)</texto>
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