<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20120307-95</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 1</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2012/03/07</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Coslada número 1. Juicio de faltas 56 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>57</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2012-03-07-57230220120194</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/07/BOCM-20120307-95.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/07/BOCM-20120307-95.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/07/BOCM-20120307-95.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2012/03/07/BOCM-20120307-95.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 1</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COSLADA NÚMERO 1
    EDICTO
 

95 

Juicio de faltas 56 de 2011 
    Doña María Pilar Martínez-Blanco Alonso, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Coslada.
    Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 56 de 2011, se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
    Fallo
    Que debo condenar y condeno a don Francisco Arévalo Tejedor, como autor responsable de una falta del artículo 623.4 del Código Penal, a la pena de treinta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, con prevención de que si no satisficiere dicha multa quedará sujeto a una responsabilidad de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, y a que indemnice al representante legal de la gasolinera “Estación de Servicio BP”, en la cantidad de 35,04 euros, imponiéndose al acusado el pago de las costas procesales causadas en este procedimiento.
    Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Francisco Arévalo Tejedor, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Coslada, a 6 de febrero de 2012..La secretaria (firmado).
    (03/5.340/12)</texto>
</documento>