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    <titulo>Madrid número 4. Demanda 1.056 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

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Demanda 1.056 de 2011 
    Doña Ana María García García, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.056 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Mónica Moratilla Díaz, contra la empresa “Universo Gráfico Digital, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado decreto de desistimiento, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Diligencia..En Madrid, a 24 de noviembre de 2011.
    La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que ha transcurrido el plazo concedido sin que por la parte demandada se haya hecho manifestación alguna sobre el desistimiento efectuado por el demandante..Doy fe.
    Decreto
    Secretaria judicial, Ana María García García..En Madrid, a 24 de noviembre de 2011.
    Parte dispositiva:
    Se tiene por desistida a doña Mónica Moratilla Díaz de su demanda, acordando el archivo de las presentes actuaciones, una vez firme la presente resolución.
    Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros y, si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite. El citado depósito habrá de efectuarse en la entidad bancaria “Banesto”, en la cuenta número 2524 en “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Universo Gráfico Digital, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 24 de enero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/3.806/12)</texto>
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