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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 334 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

185 

Demanda 334 de 2009 
    Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 334 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don David Rivera Barrientos, contra la empresa “Zapata y Moraga Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Diligencia..En Madrid, a 6 de marzo de 2012.
    La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que con fecha 28 de febrero de 2011 se reciben en este Juzgado de lo social los presentes autos, devueltos por la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, junto con testimonio de la resolución recaída y de su firmeza, de lo que pasaré a dar cuenta a su señoría..Doy fe.
    Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos..En Madrid, a 6 de abril de 2011.
    Dada cuenta, por recibidos los presentes autos del Tribunal Superior de Justicia de la Sala de lo social, así como certificación de la resolución dictada, acúsese recibo de su llegada y, conforme al contenido de lo dispuesto por el Tribunal Superior de Justicia, procédase sin más trámites al archivo de las actuaciones, previa nota en el libro registro correspondiente, una vez firme la presente resolución.
    Notifíquese esta resolución a las partes.
    Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar ante quien dicta esta resolución dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su recepción (artículo 184.1 de Ley de Procedimiento Laboral).
    Adviértase, igualmente, al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado (2805/0000/30/número de procedimiento (cuatro dígitos) y año (dos dígitos), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).
    Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
    Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que sirva de citación a “Zapata y Moraga Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.
    En Madrid, a 25 de enero de 2012..El secretario judicial (firmado).
    (03/3.901/12)</texto>
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