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    <fecha_publicacion>2012/02/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 18. Demanda 194 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 18
    EDICTO
    CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 

129 

Demanda 194 de 2011 
    Doña Pilar Ortiz Martínez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 18 de Madrid.
    Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 194 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña María Gema Campillo López, contra Asociación Española de Empresas Distribuidoras de Gases Licuados del Petróleo, “Grupo Logístico y Promocional, Sociedad Limitada”, don Jorge Riera Soler (administrador concursal) y Fondo de Garantía Salarial, sobre cantidad, se ha dictado la sentencia número 17 de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:
    Fallo
    Estimando la demanda, se condena solidariamente a Asociación Española de Empresas Distribuidoras de Gases Licuados del Petróleo y “Grupo Logístico y Promocional, Sociedad Limitada”, a abonar a la actora doña María Gema Campillo López la cantidad de 4.390,50 euros, debiendo el administrador concursal y el Fondo de Garantía Salarial, en tal carácter, estar y pasar por esta resolución.
    Notifíquese esta sentencia a las partes, a las que se hará saber que contra la misma podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que deberá ser anunciado mediante escrito en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados a partir del siguiente de notificación de la sentencia, y para ello, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita, deberá consignar la cantidad de 300 euros en la cuenta número 2516, así como la cantidad importe de la condena en la cuenta número 2516, clave 65, que tiene abierta este Juzgado en “Banesto”, calle Princesa, número 3, de Madrid, número de banco 0030, número de agencia 1033, DC 40, indicando número de procedimiento para su localización.
    Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
    Y para que les sirva de notificación en legal forma a Asociación Española de Empresas Distribuidoras de Gases Licuados del Petróleo y “Grupo Logístico y Promocional, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
    En Madrid, a 23 de enero de 2012..La secretaria judicial (firmado).
    (03/3.989/12)</texto>
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