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    <fecha_publicacion>2012/02/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Ávila número 3. Juicio de faltas 367 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ÁVILA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA       
    JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ÁVILA NÚMERO 3
    EDICTO
 

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Juicio de faltas 367 de 2011 
    Don Antonio Dueñas Campo, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 3 de Ávila y su partido.
    Hago saber: Que en este Juzgado de mi cargo se sigue el juicio de faltas número 367 de 2011, por falta de lesiones, siendo denunciado don Caldararu Chilimbar, cuyo último domicilio conocido era en la calle Calahorra, número 126, piso tercero C, 28032 Madrid, encontrándose en la actualidad en paradero desconocido, y en fecha 16 de enero de 2012 se dictó sentencia, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
    Fallo
    Condeno a don Vasile Catalín Pop, como autor de una falta de hurto del artículo 623, apartado primero, del Código Penal, a la pena de treinta días multa, a razón de 4 euros cada día, y por tanto, a la pena de multa de 120 euros, así como al pago de las costas procesales, y absuelvo a don Caldararu Chilimbar de la falta de imprudencia con resultado de lesiones del artículo 621, apartado tercero, del Código Penal, por la que venía inculpado, con reserva de acciones civiles a favor del perjudicado don Antonio Ramos Sáez.
    Contra la presente sentencia cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado en el plazo de cinco días a partir de la última notificación ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Ávila.
    Por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
    Y para que conste y sirva de notificación en forma a don Caldararu Chilimbar, expido la presente en Ávila, a 24 de enero de 2012..El secretario (firmado).
    (03/4.179/12)</texto>
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