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    <fecha_publicacion>2012/02/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Piñuécar-Gandullas. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PIÑUÉCAR-GANDULLAS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE PIÑUÉCAR-GANDULLAS
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación ordenanzas fiscales 
    El Pleno del Ayuntamiento de Piñuécar-Gandullas, en sesión extraordinaria celebrada el día 24 de enero de 2012, acordó la aprobación provisional de la modificación de las ordenanzas fiscales siguientes:
    1.	Instauración de la tasa sobre otorgación de licencias urbanísticas.
    2.	Modificación del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras.
    3.	Modificación del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica.
    4.	Modificación de la tasa sobre expedición de documentos.
    Y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
    Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
    En Piñuécar-Gandullas, a 3 de febrero de 2012..La alcaldesa-presidenta, Míriam Sierra Álvarez.
    (03/4.782/12)</texto>
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