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    <titulo>– Morata de Tajuña. Régimen económico. Dotación económica</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORATA DE TAJUÑA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Dotación económica 
    El Pleno municipal de Morata de Tajuña, en sesión ordinaria celebrada el día 30 de enero de 2012, aprobó la asignación de dotación económica a los grupos municipales de acuerdo con el artículo 73 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en los siguientes términos:
    a)	Dotación fija: 320 euros por grupo municipal y mes.
    b)	Dotación variable en función del número de integrantes de cada grupo municipal: 30 euros por concejal y mes.
    Se expone al público durante el plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID; durante el citado período los legítimamente interesados podrán examinar el expediente y formular ante el Pleno las reclamaciones y sugerencias que estimen oportunas. Si al término del período de exposición al público no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará definitivamente aprobado.
    Morata de Tajuña, a 2 de febrero de 2012..El alcalde-presidente, V. Mariano Franco Navarro.
    (03/4.102/12)</texto>
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