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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>TORRES DE LA ALAMEDA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2012/02/18</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Torres de la Alameda. Régimen económico. Modificación ordenanza</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>42</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Torres de la Alameda</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL       
    AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA
    RÉGIMEN ECONÓMICO
 

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Modificación ordenanza 
    En la sesión ordinaria celebrada por el Pleno municipal del Ayuntamiento de Torres de la Alameda el 26 de enero de 2012 se aprobó provisionalmente la modificación del cuadro de tarifas del apartado g) del artículo 6 de la ordenanza reguladora de la tasa por ocupación del dominio público local, quedando su redacción definitiva de la forma y con el contenido que a continuación se recoge:
    “g)	Ocupaciones para la utilización de vallas, columnas, carteles y otras instalaciones análogas para la exhibición con fines publicitarios:
           
        El resto del apartado g) del artículo 6 queda con el mismo texto y con la misma redacción, sin modificación alguna.
    Se somete dicha modificación a exposición pública en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID durante el plazo de treinta días hábiles, dentro de los cuales los interesados podrán examinarlo y plantear las reclamaciones que estimen oportunas.
    Que concluido el período de exposición pública sin que se hayan presentado reclamaciones y/o alegaciones, la modificación del cuadro de tarifas del apartado g) del artículo 6 de la ordenanza reguladora de la tasa por ocupación del dominio público local del Ayuntamiento de Torres de la Alameda se entiende definitivamente aprobado.
    En Torres de la Alameda, a 30 de enero de 2012..La alcaldesa-presidenta, Clara Torre Ruiz.
    (03/4.004/12)</texto>
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